Planes de seguros de salud que no tienen la intención de generar ganancias.
Hospitales no gubernamentales, no lucrativos. Incluidos en esta categoría están los hospitales dirigidos por iglesias, fundaciones filantrópicas, sociedades fraternas etc.
Hospitales organizados y controlados privadamente, con fines de lucro. Se incluyen hospitales que son propriedad de inversionistas.
Instituciones para atención de salud operadas por grupos privados o corporaciones con fin lucrativo.
Seguros que proporcionan cobertura de atención médica, quirúrgica u hospitalaria en general, o para aquellos que no poseen descriptor específico. Seguro voluntario de salud es aquel cuyos beneficiarios contribuyen de forma voluntaria con la prima correspondiente y gozan de los beneficios del mismo.
Aquellos fondos desembolsados para equipos y instalaciones.
Organizaciones que son operadas con fines no lucrativos y que son mantenidas por fundaciones o por contribuciones privadas.
Relación legal entre una entidad (individuo, grupo, corporación, con fines de lucro, laica, gobierno) y un objeto. El objeto puede ser corpóreo, como un aparato, ou una creación del derecho, como una patente; puede ser mueble, como un animal, o inmueble, como un edificio.
Generalmente se refiere a la cantidad de protección disponible y al tipo de pérdida que sería pagada bajo un contrato de seguro con un asegurador.